1. Condiciones de los adquirentes: El límite máximo de ingresos de la unidad familiar permitido para poder acceder a la Ayuda Directa a la Entrada es de 4,5 veces el IPREM (Unidad familiar con 1 o 2 miembros: 41.519,98 €; con 3 miembros: 43.705,24 €, con 4 miembros: 46.133,31 €), debiendo destacar asimismo que tal Ayuda directa está vinculada a la previa obtención del Préstamo Convenido.
Documentación necesaria:
1. Copia simple de la escritura de compraventa.
2. Fotocopia del DNI.
3. Fotocopia del libro de familia y, en su caso, libro de familia numerosa.
4. Certificado del INSERSO u órgano correspondiente (en el caso de existir discapacidad).
2. Régimen de las ayudas: Las ayudas previstas para esta actuación son esencialmente dos, el préstamo convenido y la ayuda directa (para la obtención de la subsidiación del préstamo convenido, el precio de venta no puede superar el de la VPA), y sus características esenciales son las siguientes:
2.1. Préstamo convenido. La cuantía máxima del préstamo es del 80% del precio fijado en la escritura de compraventa, siendo el plazo de amortización de los préstamos hipotecarios como mínimo de 25 años, pudiendo incrementarse previo acuerdo con la entidad financiera.
2.2. Ayuda estatal directa a la entrada. La ayuda directa prevista en el Plan Estatal, se concede únicamente a solicitantes con ingresos familiares que no excedan de 4,5 veces el IPREM, en concreto:
a) Si los ingresos del solicitante no exceden de 2,5 veces el IPREM, la ayuda directa ascenderá a 8.000 €, si es menor de 35 años serán 9.000 €, y 12.000 € si se trata de familias numerosas, monoparentales con hijos o personas dependientes o con discapacidad legalmente reconocida, y las familias que las tengan a su cargo.
b) Si los ingresos del solicitante se sitúan entre 2,5 y 3,5 veces el IPREM, la cuantía de la ayuda ascenderá a 7.000 €, 8.000 € si es menor de 35 años, y 10.000 € si se trata de familias numerosas, monoparentales con hijos o personas dependientes o con discapacidad legalmente reconocida, y las familias que las tengan a su cargo.
c) Si los ingresos del solicitante se sitúan entre 3,5 y 4,5 veces el IPREM, la cuantía de la ayuda ascenderá a 5.000 €, 6.000 € si es menor de 35 años, y 8.000 € si se trata de familias numerosas, monoparentales con hijos o personas dependientes o con discapacidad legalmente reconocida, y las familias que las tengan a su cargo.
Si la vivienda se encuentra situada en un ámbito territorial del grupo B), dichas cantidades se podrán incrementar con otra de 600 €.
Si la vivienda se encuentra situada en un ámbito territorial del grupo C), dicho incremento será de 300 €.